Micelio

Artículo 13

Coordinación De Planes Y Programas

Decreto 1390 de 1976 · Por el cual se reglamenta la Ley 1ª de 10 de enero de 1975

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Coordinación de planes y programas. Cada asociación de municipios deberá coordinar sus programas con los planes generales del país y una vez adoptados por la respectiva asociación, se enviarán al organismo regional de Planeación, a Planeación Departamental y al Departamento Nacional de Planeación para que estas dependencias los incorporen, si fuere el caso, a sus planes de desarrollo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1390 de 1976