Micelio

Artículo 273

Ley 109 de 1922 · De Código Penal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La ejecución de uno de los hechos previstos en uno de losArtículos precedentes, por imprudencia, descuido o impericia en el ejercicio de una profesión u oficio, o por no observar los reglamentos o prescripciones legales, se castigará así:

a)

Con prisión de veinte días a ocho meses, y multa de diez a cien pesos en el caso delArtículo 269.

b)

Con prisión de cinco días a dos meses, y multa de cinco a cincuenta pesos, en el caso delArtículo 270.

c)

Con prisión de tres a veinte días y multa de cinco a cincuenta pesos, en los casos de losArtículos 271 y 272.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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