Establecida la correspondencia dentro de los treinta (30) días siguientes, la Sección realizará audiencia pública, a la cual se deberá convocar a los sujetos procesales y los intervinientes, con el fin de verificar el cumplimiento de las condiciones de contribución a la verdad y a la forma de reparación en el marco del SIVJRNR.
Cumplido lo anterior, dentro de los veinte (20) días siguientes la Sección dictará sentencia fijando las condiciones y modalidades de la sanción.