Art. 237. Todo lo ocurrido desde que se hagan las glosas, se den los descargos y se resuelva provisionalmente por la Corte el entero ó no del importe de ellas, hasta la decisión definitiva de la Cámara de Representantes, se publicará en el Diario Oficial .
Responsabilidad de los Magistrados de la Corte de Cuentas.