º. Ordénase la publicación del Acto Legislativo número 325 de 2005 Cámara, 20 de 2005 Senado, "por el cual se modifica el artículo 176 de la Constitución Política", el cual quedará así: PROYECTO DE ACTO LEGISLATIVO NUMERO 20 DE 2005 SENADO, 324 DE 2005 CAMARA por el cual se modifica el artículo 176 de la Constitución Política. El Congreso de Colombia DECRETA: Artículo 1º. El artículo 176 de la Constitucion Politica quedará así: "Artículo 176. La Cámara de Representantes se elegirá en circunscripciones territoriales y especiales. Para la elección de Representantes a la Cámara, cada departamento y el Distrito Capital de Bogotá conformarán una circunscripción territorial. La Cámarade Representantes estará integrada por 166 Representantes. Los departamentos y el Distrito Capital Bogotá, elegirán 161 miembros, de la siguiente manera: ENTIDAD TERRITORIAL N° DE CURULES AMAZONAS 2 ANTIOQUIA 17 ARAUCA 2 ATLANTICO 7 ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA 2 BOGOTA, D. C. 18 BOLIVAR 6 BOYACA 6 CALDAS 5 CAQUETA 2 CASANARE 2 CAUCA 4 CESAR 4 CORDOBA 5 CUNDINAMARCA 7 CHOCO 2 GUAINIA 2 GUAVIARE 2 HUILA 4 LA GUAJIRA 2 MAGDALENA 5 META 3 NARIÑO 5 NORTE DE SANTANDER 5 PUTUMAYO 2 QUINDIO 3 RISARALDA 4 SANTANDER 7 SUCRE 3 TOLIMA 6 VALLE DEL CAUCA 13 VAUPES 2 VICHADA 2 La Ley podrá establecer una circunscripción especial para asegurar la participación en la Cámara de Representantes de los grupos étnicos y de las minorías políticas y de los colombianos en el exterior. Mediante esta circunscripción se podrá elegir hasta cinco (5) Representantes. Artículo 2º. Vigencia . Lo dispuesto en este Acto Legislativo regirá a partir de las siguientes elecciones que se celebren con posterioridad a su aprobación y deroga las normas que le sean contrarias. El Presidente del honorable Senado de la República, Luis Humberto Gómez Gallo. El Secretario General del honorable Senado de la República, Emilio Ramón Otero Dajud. La Presidentade la honorable Cámara de Representantes, Zulema del Carmen Jattin Corrales. El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Angelino Lizcano Rivera".
Decreto 2545 de 2005 →Vigente
Artículo 1
Ordénase La Publicación Del Acto Legislativo Número 325 De 2005 Cámara, 20 De 2005 Senado, "por El Cual Se Modifica El Artículo 176 De La Constitución Política", El Cual Quedará Así: Proyecto De Acto Legislativo Numero 20 De 2005 Senado, 324 De 2005 Camara Por El Cual Se Modifica El Artículo 176 De La Constitución Política
Decreto 2545 de 2005 · por el cual se ordena la publicación del acto legislativo "por el cual se modifica el artículo 176 de la Constitución Política".
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.