Micelio

Artículo 13

C

Decreto 324 de 1978 · Por el cual se adicionan y modifican unas tarifas profesionales (ingeniería)

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

C. Proyecto para acueductos y alcantarillados . Las siguientes tarifas son aplicables a sistemas hasta, de 500 L. p. s. de gasto máximo diario al final del período de diseño. De 501 L. p. s. en adelante se pagará por cualquiera de los sistemas de cobro establecidos en tarifa vigente aprobada por el Gobierno Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 324 de 1978