Micelio

Artículo 8

En Desarrollo De Lo Dispuesto En Los Artículos 6, 187 Ordinal 7, 197 Y 199 De La Constitución Nacional, Las Entidades Territoriales De La República Deberán Seguir, En La Preparación, Presentación, Trámite Y Manejo De Sus Presupuestos, Normas Y Principios Análogos A Los Consignados En El Presente Estatuto, Conforme A La Reglamentación Que Expida El Gobierno Nacional

Decreto 294 de 1973 · Por el cual se expide el Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. En desarrollo de lo dispuesto en los artículos 6, 187 ordinal 7, 197 y 199 de la Constitución Nacional, las entidades territoriales de la República deberán seguir, en la preparación, presentación, trámite y manejo de sus presupuestos, normas y principios análogos a los consignados en el presente Estatuto, conforme a la reglamentación que expida el Gobierno Nacional. II Del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 294 de 1973