Artículo primero. Suprimense los cargos correspondientes a la Planta de Personal del Ministerio, de Minas y Petróleos establecida por el Decreto 3173 de 1968, adicionada, por los Decretos 1841 de 1969 y 2143 de 1971, excepto los siguientes cargos: N° de cargos Nombres del cargo Clase Categoría Sueldo de ingreso Despacho del Ministro: 1 Ministro IV 27 8.000.00 1 Abogado Especializado IV 27 6.000.00 1 Ingeniero de Minas IV 27 6.000.00 1 Ingeniero de Petróleos IV 27 6.000.00 Despacho del Viceministro: 1 Viceministro 28 6.500.00 Oficina de Planeación: 1 Jefe de Oficina V 27 6.000.00 7 Economistas IV 26 5.450.00 1 Ingeniero Industrial III 26 5.450.00 Secretaría General: 1 Secretario General III 28 6.500.00 Sección de Servicios Genérales: 1 Jefe de Sección IV 23 4.090.00 División de Petróleos: 1 Ingeniero de Petróleos IV 27 6.000.00 Sección de Conservación y Reservas: 4 Ingenieros de Petróleos III 26 5.450.00 2 Geólogos III 26 5.450.00 Sección de Concesiones: 2 Ingenieros IV 26 5.450.00 Sección de seguridad: 3 Ingenieros de Petróleos III 26 5.450.00 Sección de Fiscalización y Vigilancia de Petróleos: 1 Ingeniero de Petróleos III 26 5.450.00 División de Mirlas: 1 Ingeniero de Minas IV 27 6.000.00 Sección de Fomento Minero: 1 Ingeniero de Minas III 26 5.450.00 Sección de Propuestas y Contratos: 3 Ingenieros IV 26 5.450.00 Sección de Fiscalización y Vigilancia de Minas: 1 Ingeniero de Minas III 26 5.450.00 Grupo de Inspectorías de Minas: Inspección de Metales Preciosos - Nariño 1 Ingeniero de Minas II 24 4.500.00 Inspección de Metales Preciosos - Zaragoza (Ant.): 1 Ingeniero de Minas II 24 4.500.00 Inspección de Metales Preciosos - Segovia (Ant.): 1 Ingeniero de Minas II 24 4.500.00 Inspección de Metales Preciosos - Chocó: 1 Ingeniero de Minas II 24 4.500.00 División de Asuntos Legales: 1 1 Abogado Especializado IV 27 6.000.00 Sección Legal de Petróleos: 2 Abogados IV 26 5.450.00 1 Abogado III 24 4.500.00 Sección legal de Minas: 2 Abogados IV 26 5.450.00 1 Abogado III 24 4.500.00 Unidades Asesoras Consejo de Petróleos: 1 Abogado III 24 4.500.00
Decreto 1222 de 1972 →Vigente
Artículo 1
Decreto 1222 de 1972 · Por el cual se establece la planta de personal del Ministerio de Minas y Petróleos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.