Micelio

Artículo 22

Decreto 1153 de 1999 · por el cual se reestructura el Departamento Nacional de Planeación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Secretaría General. Son funciones de la Secretaría General

1.

Garantizar la prestación de los servicios y la disposición de los recursos necesarios para el funcionamiento del Departamento y la ejecución de los programas del mismo.

2.

Velar por el cumplimiento de las normas del Departamento y las disposiciones que regulen los procedimientos y trámites administrativos internos.

3.

Adelantar de forma permanente la simplificación de los procedimientos para la realización de las labores de organización y tomar medidas para mejorar su eficiencia.

4.

Elaborar y someter a consideración del Director del Departamento el proyecto de presupuesto anual de gastos de la entidad y, una vez aprobado, responder por su ejecución.

5.

Coordinar la actividad presupuestal del Departamento.

6.

Dirigir la actividad administrativa del Departamento.

7.

Someter a consideración del Director General del Departamento los nombramientos y promociones del personal administrativo de la entidad.

8.

Expedir las copias de los documentos que reposen en los archivos del Departamento Nacional de Planeación, en aquellos casos en que tal función no haya sido asignada a otro funcionario.

9.

Formular y ejecutar los programas de bienestar social y capacitación de los funcionarios del Departamento.

10.

Velar por el cumplimiento de las normas y los reglamentos de administración de personal y por la aplicación del régimen disciplinario.

11.

Mantener actualizado el manual de funciones y requisitos y velar por su estricto cumplimiento.

12.

Llevar el registro y control de las estadísticas de personal del Departamento.

13.

Presidir la secretaría de la Comisión de Personal del Departamento.

14.

Presentar ante la Dirección General del Presupuesto y la Tesorería General de la República los informes presupuestales que esas dependencias requieran.

15.

Coordinar las acciones necesarias para dar cumplimiento a las normas que rigen el funcionamiento del Departamento en materia fiscal, y presupuestal.

16.

Dirigir la contabilidad y supervisar los registros contables y presupuestales de acuerdo con las instrucciones que al respecto impartan la Dirección General de la Contabilidad Pública, la Dirección General de Presupuesto y la Contraloría General de la República.

17.

Atender las quejas o reclamos que presenten los funcionarios o ciudadanos sobre el desempeño de las dependencias o personas que conforman el Departamento, evaluar la magnitud de las fallas y dar traslado, en caso que lo amerite, a la autoridad competente.

18.

Preparar oportunamente para la firma del Director los informes que solicite la Contraloría General de la República u otros organismos de control, y

19.

Las demás que se le asignen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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