Los negocios celebrados por fuera de la Rueda por los miembros que actúen como comisionistas o corredores, en los casos que la ley o los reglamentos lo permitan, deberán registrarse ante la Bolsa de Productos Agropecuarios en cualquier momento, pero en todo caso antes de iniciarse la siguiente Rueda de Negocios, y tendrán que informarse al inicio de la misma. Los miembros que actúen a nombre y por cuenta propia exclusivamente, podrán registrar los negocios celebrados por fuera de Rueda utilizando el mismo procedimiento indicado en el párrafo anterior.
Decreto 2000 de 1991 →Vigente
Artículo 13
Decreto 2000 de 1991 · por el cual se reglamenta el funcionamiento de las Bolsas de Productos Agropecuarios.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.