Artículo primero. Autorízase al ICCE para que dé la suma de doscientos cincuenta millones de pesos ($ 250.000.000.00) aprobada por Decreto número 2028 de 1983, para la recuperación de la infraestructura educativa en el Departamento del Cauca afectada por el sismo del día 31 de marzo del año en curso, destine hasta un cinco por ciento (5%) para atender los gastos administrativos adicionales que demanden las obras, que se ejecuten por administración directa del Instituto.
Se entiende por gastos administrativos adicionales los sueldos de personal supernumerario, viáticos, gastos de viaje, servicio público y de comunicaciones, materiales y suministro, arrendamiento, mantenimiento, impresos y publicaciones y compra de equipos.