Micelio

Artículo 2

Revocase El Artículo 9º Del Decreto 1866 De 30 De Septiembre De 1987, Por El Cual Se Trasladó A Luz Dary Amaya Pérez, Con Cédula De Ciudadanía Número 41563767

Decreto 4 de 1988 · Por el cual se revocan los artículos números 8° y 9° del Decreto número 1866 del 30 de septiembre de 1987, en el Ministerio de Obras Públicas y Transporte

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Revocase el artículo 9º del Decreto 1866 de 30 de septiembre de 1987, por el cual se trasladó a Luz Dary Amaya Pérez, con cédula de ciudadanía número 41563767. de Bogotá, Profesional Especializado, Código 3010, Gradó 08; Sección de Diseño de Carreteras, División de Diseños, Subdirección de Proyectos; Dirección de Carreteras, de la Secretaría Técnica, al cargo de Profesional Especializado, Código 3010, Grado 08, Sección de Estructuras, División de Diseños, Subdirección de proyectos, Dirección de Carreteras; de la Secretaría Técnica, por no haber tomado posesión dentro del término legal el señor Alfonso Cañón Alfonso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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