Profesorado militar. La calidad del profesorado militar en cualquiera de las Fuerzas, cuerpos, ramos y especialidades a que se refieren los artículos 9°. y 18 de este Decreto se otorgarán a los Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares que sin perder su clasificación profesional militar, demuestren especial vocación e idoneidad para las labores docentes y se dediquen a ellas dentro de la institución militar. El Gobierno determinará las categorías del profesorado militar y los requisitos que deben llenar los individuos para ingresar a ellas, así como las remuneraciones e incentivos a que en cada caso tengan derecho. CAPITULO III Del ingreso, formación y ascenso de los Oficiales y Suboficiales.
Decreto 612 de 1977 →Vigente
Artículo 22
Profesorado Militar
Decreto 612 de 1977 · Por el cual se reorganiza la carrera de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.