Adjudicación del Premio Nacional al Inventor Colombiano. Se hará mediante decreto y será certificada con diploma que llevará en la parte superior el Escudo de Colombia y la inscripción República de Colombia Ministerio de Comercio Industria y Turismo. El texto del diploma será el siguiente:
Gobierno de la República de Colombia, con fecha (...) otorga el Premio Nacional al Inventor Colombiano (…) como reconocimiento a su contribución al desarrollo del país mediante la invención titulada o el modelo consistente en (…) El Diploma será firmado por el Presidente de la República de Colombia y el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
(Decreto 1766 de 1983, artículo 5°)