El proyecto de Acuerdo sobre Presupuestos Municipales deberá ser presentado por el Alcalde al Consejo, a más tardar el 10 de noviembre anterior a la vigencia respectiva. El acuerdo correspondiente deberá ser expedido por el Concejo Municipal antes del 20 de diciembre siguiente.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.