Micelio

Artículo 30

Secretaría General

Decreto 1961 de 2023 · por el cual se crea el Instituto Nacional de Vías Regionales, se determina su estructura, funciones y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Secretaría General . La Secretaría General, tendrá las siguientes funciones: 30.1. Asistir a la Dirección General en la determinación de las políticas, objetivos y estrategias relacionadas con la administración del Instituto. 30.2.Liderar la implementación de los programas y actividades relacionadas con los asuntos de talento humano, financieros, servicios administrativos, y de gestión documental y la consecuente contratación de estos servicios. 30.3.Gestionar los contratos de prestación de servicios para realizar actividades temporales o especializadas que requiere el Instituto. 30.4.Elaborar, en coordinación con la Oficina de Planeación, el Anteproyecto Anual de Presupuesto, de acuerdo con las directrices que imparta el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Departamento Nacional de Planeación y el Director General, velando por su correcta y oportuna presentación. 30.5.Coordinar la elaboración y presentación del Programa Anual de Caja al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, de conformidad con las obligaciones adquiridas. 30.6.Dirigir la programación de los planes de contratación y de adquisición de servicios de la Entidad, de manera articulada con los instrumentos de planeación y presupuesto. 30.7.Dirigir la ejecución de los programas y actividades relacionadas con los asuntos financieros y contables, servicios administrativos, gestión documental, correspondencia y notificaciones del Instituto. 30.8.Dirigir la implementación de las políticas y programas de administración de personal, bienestar social, selección, registro y control, capacitación, incentivos y desarrollo del talento humano y dirigir su gestión. 30.9.Impartir las instrucciones para el seguimiento a la ejecución de los recursos de funcionamiento asignados al Instituto. 30.10. Coordinar con las Direcciones Territoriales las acciones necesarias, de carácter administrativo, para el buen funcionamiento de estas. 30.11. Dirigir y coordinar los estudios técnicos requeridos para modificar la estructura interna y la planta de personal del Instituto. 30.12. Dirigir, coordinar y controlar las actividades relacionadas con la adquisición, almacenamiento, custodia y distribución de bienes muebles e inmuebles necesarios para el normal funcionamiento del Instituto, velando porque se cumplan las normas vigentes. 30.13. Establecer las necesidades de información en el marco de sus funciones, encaminadas al diseño de la arquitectura organizacional del Instituto. 30.14. Gestionar, analizar y producir información dirigida a alimentar los sistemas de información y a la generación de estadísticas. 30.15. Implementar y contribuir al mantenimiento y mejora del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG), el Sistema Integrado de Gestión y el Sistema de Control Interno, en lo correspondiente a la dependencia. 30.16. Atender los derechos de petición o consultas en cualquiera de sus modalidades propios de su competencia, en los términos establecidos y conforme a la normatividad vigente. 30.17. Cumplir las políticas institucionales establecidas en el marco de buenas prácticas de gobierno corporativo y seguir los compromisos y lineamientos en ellas definidos. 30.18. Ejercer las demás funciones que le sean asignadas, de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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