Ley 8 de 1905 · Por la cual se aprueban varios Decretos de carácter legislativos dictados por el órgano del Ministerio de Gobierno
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Art. 2º Reemplázase el ordinal 6º del artículo 4º del Decreto número 151 de 1888 restablecido á vigencia por el marcado con el número 4 del año en curso, con el siguiente:
"6º Atacar la fuerza obligatoria de la cosa juzgada, ó coartar con amenazas ó dicterios públicos encargados de perseguir y castigas los delitos."
Suprímese el ordinal 9º del artículo 4º del citado Decreto número 151 de 1888.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.