De conformidad con el monto del Sistema General de Regalías definido en el artículo 2° de la presente ley, autorícese gastos con cargo a los fondos para el ahorro del Sistema General de Regalías, durante el bienio del 1° de enero 2025 al 31 de diciembre de 2026 por la suma de un billón ciento cuarenta y nueve mil ciento veintisiete millones trescientos nueve mil doscientos cincuenta y seis pesos ($1.149.127.309.256) moneda legal, según el siguiente detalle:
Fondo de Ahorro y Estabilización (FAE). En el rubro 03-01-04, correspondiente al “Fondo de Ahorro y Estabilización (FAE)”, se incorporan la totalidad de los recursos para ser girados al Fondo de Ahorro y Estabilización (FAE), estimados para el bienio 2025-2026, los cuales se encuentran en cabeza de los departamentos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 2056 de 2020 .
Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales (Fonpet). En el rubro 04-07-01, correspondiente al “Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales (Fonpet)”, se incorporan la totalidad de los recursos para ser girados al Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales (Fonpet), estimados para el bienio 2025-2026.
Mediante documento Anexo número 5, que hace parte integral de la presente ley, se detallan los recursos de “Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales (Fonpet)” por entidad territorial, según lo dispuesto en el artículo 122 de la Ley 2056 de 2020 .
Incorporación de otros recursos del Sistema General de Regalías