Destinase la cantidad de veinte mil pesos ($20.000) del Tesoro nacional para completar el valor de la Quinta de Bolívar y para la compra de los objetos que a juicio de la sociedad de embellecimiento deben figurar en el museo Boliviano.
Ley 53 de 1919 →Vigente
Artículo 3
Ley 53 de 1919 · por la cual se apropian fondos para la compra de la Quinta de Bolívar
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.