Micelio

Artículo 21

Decreto 1414 de 2017 · por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dirección de infraestructura . La Dirección de Conectividad se denominará Dirección de Infraestructura y cumplirá las siguientes funciones

1.

Proponer y establecer proyectos y programas para ofrecer una moderna infraestructura de conectividad y de comunicaciones, en apoyo a los centros de producción de pensamiento, investigación, desarrollo e innovación de comunicaciones, así como el acompañamiento de expertos en la utilización de las tecnologías de comunicación, capaces de dirigir y orientar su aplicación de manera estratégica.

2.

Diagnosticar el estado de acceso y necesidad de servicios y tecnologías de comunicaciones de las comunidades, especialmente de las zonas rurales y apartadas de las grandes ciudades.

3.

Efectuar investigaciones al interior de la comunidad con el fin de establecer mecanismos que permitan el acceso al servicio universal a las comunicaciones, con base en indicadores, tales como infraestructura de información, infraestructura computacional e infraestructura social.

4.

Formular, estructurar y ejecutar proyectos de inversión que permitan el acceso y servicio universal a las telecomunicaciones.

5.

Elaborar las propuestas para la formulación de políticas y planes de conectividad encaminados a apoyar el desarrollo y la competitividad nacional.

6.

Diseñar e implementar estrategias que fomenten la demanda y uso de la conectividad en telecomunicaciones en las zonas rurales y comunidades vulnerables cumpliendo criterios de accesibilidad, asequibilidad y efectividad.

7.

Definir los lineamientos que establezcan los criterios de calidad que deben cumplir los diferentes proyectos emprendidos con miras a promover el acceso universal a las telecomunicaciones.

8.

Promover y generar actividades que sensibilicen a la comunidad, en relación con el uso de los servicios de comunicaciones.

9.

Promover la igualdad de oportunidades del acceso a la información por parte de las comunidades, en relación con el uso de los servicios y las tecnologías de las comunicaciones.

10.

Definir y ejecutar mecanismos de acercamiento a la comunidad para identificar necesidades y oportunidades de mejora de los servicios ofrecidos.

11.

Establecer los mecanismos de supervisión, seguimiento, verificación y control de los proyectos bajo su responsabilidad, de manera que se garantice su oportuna ejecución satisfaciendo los criterios de calidad establecidos.

12.

Las demás que le sean asignadas, inherentes a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1414 de 2017