º . La Junta Directiva se compondrá de cinco (5) miembros, así: Tres (3 miembros y sus respectivos suplentes personales designados por el Comité Nacional de la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia, el Ministro de Agricultura y el Gerente del Instituto de Mercadeo Agropecuario o sus delegados.
Decreto 886 de 1969 →Vigente
Artículo 9
Decreto 886 de 1969 · Por el cual se aprueban los estatutos del Banco Cafetero
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.