Cuando el tránsito por vías fluviales haya de hacerse en balsas, champanes ú otra clase de embarcaciones menores, el Gobierno señalará los auxilios de marcha que sean necesarios, ó podrá contratar el trasporte general cuando la marcha fuere ejecutada por un número considerable del Ejército. En este último casó no se concederán auxilios de marcha en particular.
Decreto 153 de 1898 →Vigente
Artículo 97
Cuando El Tránsito Por Vías Fluviales Haya De Hacerse En Balsas, Champanes Ú Otra Clase De Embarcaciones Menores, El Gobierno Señalará Los Auxilios De Marcha Que Sean Necesarios, Ó Podrá Contratar El Trasporte General Cuando La Marcha Fuere Ejecutada Por Un Número Considerable Del Ejército
Decreto 153 de 1898 · Orgánico de la Contabilidad Militar - Modelos - (Continuación)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.