Micelio

Artículo 1

Decreto 1535 de 1948 · Por el cual se fija una asignación en el ramo de Edificios Nacionales

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Fijase en $ 800 la asignación del Ingeniero de Construcción de las obras de la Escuela Normal de Quibdó y de la Escuela de Artes y Oficios de Istmina, dependiente de la Zona de Edificios Nacionales de Antioquia, la que se pagará por partes iguales con cargo a las partidas apropiadas en el Presupuesto vigente o con las que se apropien en los Presupuestos venideros; pero si alguna de las obras careciere de apropiación presupuestal, dicho sueldo se pagará totalmente por la obra que tenga fondos disponibles. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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