Control Fiscal. El Contralor General de la República ejercerá la vigilancia sobre el manejo de los fondos y bienes del Servicio Colombiano de Meteorología e Hidrología, por medio de Auditores de su dependencia y con aplicación de reglamentos especiales acordes con la índole de la entidad y el género de actividades a ella encomendadas, de modo que dejen a salvo su autonomía administrativa, ajustándose a las normas especiales de la Ley, los Decretos reglamentarios y los Estatutos, para hacer fácil y expedito su funcionamiento. Del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA)
Decreto 2420 de 1968 →Vigente
Artículo 39
Control Fiscal
Decreto 2420 de 1968 · Por el cual se reestructura el Sector Agropecuario
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.