Micelio

Artículo 2

Decreto 1441 de 1959 · Por el cual se hace una distribución parcial para pago de sueldos a maestros de Territorios Misionales

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. Las partidas asignadas por el artículo anterior se girarán al Secretario Pagador del Territorio escolar del Caquetá, y a los respectivos procuradores de las Misiones de los Territorios escolares del Putumayo, Río San Jorge y Pacífico. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1441 de 1959