Artículo segundo. Las partidas asignadas por el artículo anterior se girarán al Secretario Pagador del Territorio escolar del Caquetá, y a los respectivos procuradores de las Misiones de los Territorios escolares del Putumayo, Río San Jorge y Pacífico. Comuníquese y publíquese.
Decreto 1441 de 1959 →Vigente
Artículo 2
Decreto 1441 de 1959 · Por el cual se hace una distribución parcial para pago de sueldos a maestros de Territorios Misionales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.