Micelio

Artículo 6

Corresponde Al Juez O Magistrado Competente Apreciar La Credibilidad Del Testimonio Recepcionado, De Conformidad Con Lo Previsto En El Presente Decreto, Con Sujeción A Las Reglas Consagradas En El Código De Procedimiento Penal

Decreto 1191 de 1990 · por el cual se dictan medidas tendientes al restablecimiento del orden público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Corresponde al Juez o Magistrado competente apreciar la credibilidad del testimonio recepcionado, de conformidad con lo previsto en el presente Decreto, con sujeción a las reglas consagradas en el Código de Procedimiento Penal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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