Micelio

Artículo 49

Son Funciones De La Oficina De Planeamiento, Coordinación Y Evaluación: A) Estudiar A Escala Nacional Los Problemas Relacionados Con Las Funciones Del Ministerio; B) Estudiar Y Determinar Las Necesidades Del País En El Ramo Agrícola, Pecuario Y De Recursos Naturales; C) Elaborar, De Acuerdo Con Las Necesidades Y Problemas Existentes, Proyectos De Programas Y Planes A Corto Y Largo Plazo Tendientes A Resolver; D) Evaluar Periódicamente El Resultado De Los Programas Adelantados; E) Reajustar Los Programas Existentes Y Proponer Nuevos De Acuerdo Con La Evaluación; F) Estudiar Los Programas Anuales Presentados Por Las Dependencias Del Ministerio Y Coordinarlos Dentro Del Anteproyecto De Presupuesto; G) Someter Al Ministro, Para Su Aprobación, Por Conducto Del Director, El Proyecto De Presupuesto Del Ministerio

Decreto 1425 de 1960 · Por el cual se reorganiza el Ministerio de Agricultura

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la Oficina de Planeamiento, Coordinación y Evaluación

a)

Estudiar a escala nacional los problemas relacionados con las funciones del Ministerio;

b)

Estudiar y determinar las necesidades del país en el ramo agrícola, pecuario y de recursos naturales;

c)

Elaborar, de acuerdo con las necesidades y problemas existentes, proyectos de programas y planes a corto y largo plazo tendientes a resolver;

d)

Evaluar periódicamente el resultado de los programas adelantados;

e)

Reajustar los programas existentes y proponer nuevos de acuerdo con la evaluación;

f)

Estudiar los programas anuales presentados por las dependencias del Ministerio y coordinarlos dentro del anteproyecto de presupuesto;

g)

Someter al Ministro, para su aprobación, por conducto del Director, el proyecto de presupuesto del Ministerio.

Parágrafo 1

La Oficina de Planeamiento, Coordinación y Evaluación debe responder ante el Director del Ministerio y cumplirá las anteriores funciones de acuerdo con las normas que sobre organización y actividades le señale el Departamento Administrativo de Planeación y Servicios Técnicos, en desarrollo del artículo 5º. de la Ley 19 de 1958.

Parágrafo 2

La Oficina de Planeamiento, Coordinación y Evaluación informara mensualmente al Comité de Inversiones, sobre el desarrollo de sus labores.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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