Son funciones de la Oficina de Planeamiento, Coordinación y Evaluación
Estudiar a escala nacional los problemas relacionados con las funciones del Ministerio;
Estudiar y determinar las necesidades del país en el ramo agrícola, pecuario y de recursos naturales;
Elaborar, de acuerdo con las necesidades y problemas existentes, proyectos de programas y planes a corto y largo plazo tendientes a resolver;
Evaluar periódicamente el resultado de los programas adelantados;
Reajustar los programas existentes y proponer nuevos de acuerdo con la evaluación;
Estudiar los programas anuales presentados por las dependencias del Ministerio y coordinarlos dentro del anteproyecto de presupuesto;
Someter al Ministro, para su aprobación, por conducto del Director, el proyecto de presupuesto del Ministerio.
La Oficina de Planeamiento, Coordinación y Evaluación debe responder ante el Director del Ministerio y cumplirá las anteriores funciones de acuerdo con las normas que sobre organización y actividades le señale el Departamento Administrativo de Planeación y Servicios Técnicos, en desarrollo del artículo 5º. de la Ley 19 de 1958.
La Oficina de Planeamiento, Coordinación y Evaluación informara mensualmente al Comité de Inversiones, sobre el desarrollo de sus labores.