La Dirección General del Presupuesto hará cumplir las normas legales y reglamentarias sobre el gasto público, velará por el uso eficiente de los recursos públicos y comprobará, el destino final de los dineros situados a los organismos, para lo cual podrá solicitar a. los representantes legales, a los tesoreros o a los pagadores la presentación de libros, comprobantes, estados financieros y demás información que considere conveniente.
Decreto 3454 de 1980 →Vigente
Artículo 36
La Dirección General Del Presupuesto Hará Cumplir Las Normas Legales Y Reglamentarias Sobre El Gasto Público, Velará Por El Uso Eficiente De Los Recursos Públicos Y Comprobará, El Destino Final De Los Dineros Situados A Los Organismos, Para Lo Cual Podrá Solicitar A
Decreto 3454 de 1980 · Sobre liquidación del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y de Gastos de los Establecimientos Públicos Nacionales para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 1981
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.