°. Modificación del artículo 35 del Decreto número 1649 de 2014. El artículo 35 del Decreto número 1649 de 2014, quedará así: “Artículo 35. Dirección para Proyectos Especiales. Son funciones de la Dirección para Proyectos Especiales las siguientes
Promover la coordinación interinstitucional e intersectorial que contribuya al desarrollo de aquellos proyectos especiales asignados por el Presidente de la República al Vicepresidente de la República y que no estén específicamente asignados a otra dirección.
Coordinar los proyectos de renovación urbana en cabeza de la Empresa Nacional de Renovación y Desarrollo Urbano Virgilio Barco Vargas SAS.
Las demás que le señalen las normas legales o reglamentarias, las que le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el Presidente de la República”.