La construcción del edificio ordenada en la presente Ley, puede acometerla el Gobierno Nacional directamente o por medio de contrato de delegación con el Departamento Norte de Santander, a cuyo efecto se incluirán en los Presupuestos de la respectivas vigencias, las partidas necesarias, en armonía con lo dispuesto en el artículo anterior.
Ley 61 de 1943 →Vigente
Artículo 3
Ley 61 de 1943 · Por la cual se ordena la construcción de un edificio, se hace una cesión al Municipio de Cúcuta con destino a la educación pública y se ordena la compra de otro
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.