°. La prima correspondiente a los empleados y trabajadores nacionales en uso de las licencias de que tratan las Leyes 53 y 197 de 1938, o por enfermedad, se liquidará conforme a lo dispuesto en el artículo 1° del presente Decreto.
Decreto 3070 de 1945 →Vigente
Artículo 4
La Prima Correspondiente A Los Empleados Y Trabajadores Nacionales En Uso De Las Licencias De Que Tratan Las Leyes 53 Y 197 De 1938, O Por Enfermedad, Se Liquidará Conforme A Lo Dispuesto En El Artículo 1° Del Presente Decreto
Decreto 3070 de 1945 · Por el cual se reglamenta la Ley 45 de 1945, sobre Prima de Navidad a los empleados y obreros nacionales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.