Modificar el artículo 12 de la Resolución 100-000041, el cual quedará así: ARTÍCULO
12. Director de Cumplimiento. Asignar al Director de Cumplimiento la facultad de suscribir los siguientes actos: 12.1 Los que resuelvan recursos de apelación, la solicitud de revocatoria directa o la pérdida de ejecutoria contra los actos proferidos por las dependencias a su cargo. ag.na 7 lo e r En la Superintendencia de empreas Innodoras, povas y sosrnibes. webww m Linee M. d an c o 0 Tel Bogot4' 601) 2201000 ........... Colombia F .# COLOMBIA POTENCIA DE LA VIDA 12.2 Los que impongan sanciones o multas, en los asuntos de su o SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES competencia, a quienes incumplan las órdenes de la Superintendencia de Sociedades o que quebranten la ley o los estatutos. 12.3 Los necesarios para el ejercicio de las funciones asignadas en materia de supervisión de¡ riesgo de lavado de activos, financiación de¡ terrorismo y proliferación de armas de destrucción masiva. 12.4 En cuando a la prevención de lavado de activos y la financiación de¡ terrorismo, los que reportan las operaciones sospechosas e intentadas a la Unidad de Información y Análisis Financiero. 12.5 Los necesarios para el ejercicio de las funciones asignadas en materia de Sociedades de Beneficio e Interés Colectivo - BIC. 12.6 Los necesarios para la declaratoria de no operativas de las sociedades que se encuentren en los supuestos del Decreto 1068 de 2020 o la norma que lo sustituya o reemplace. 12.7 Los que inicien una indagación preliminar, formulen pliegos de cargos o archiven una indagación preliminar o una investigación en ejercicio de las facultades previstas en la Ley 1778 de 2016 o la norma que lo sustituya o reemplace. 12.8 Los que impongan y gradúen las sanciones a las personas jurídicas que incurran en conductas de soborno trasnacional o que se rehúsen a suministrar información, según lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 1778 de 2016 o la norma que lo sustituya o reemplace. 12.9 Los que determinen el reconocimiento o rechazo de los beneficios por colaboración a las personas jurídicas participantes en las infracciones descritas en la Ley 1778 de 2016. Los que decreten la caducidad de la facultad sancionatoria establecida en el artículo 9 de la Ley 1778 de 2016 o la norma que lo sustituya o reemplace. 12.10 Los que decreten medidas cautelares dentro de las investigaciones en materia de soborno transnacional. 12.11 Los necesarios para ejecutar las facultades previstas en el artículo 35 de la Ley 1778 de 2016 o la norma que lo sustituya o reemplace. 12.12 Las solicitudes de asistencia recíproca de que tratan los artículos 22 y 24 al 29 de la Ley 1778 de 2016 o la norma que lo sustituya o reemplace. 12.13 Los actos relacionados con el seguimiento y puesta marcha de¡ "Capítulo XV Recomendaciones Administrativas sobre la presentación de¡ Reporte de Sostenibilidad" de la Circular Básica Jurídica de la Superintendencia de Sociedades. 12.14 Los actos relacionados con consultas o peticiones de¡ sector real o público relacionados con el "Capítulo XV: Recomendaciones Administrativas Ce. la Soporintonder.cia de Sociedades olbajamo, para promover ernprosasl va nnodo.opr0ducliva1ysoSenibteS. webmaetarlslsupersodedadetgov.co r pagina 8 Línea única do Mandón al cIudadano. 02 8000 1143 10 TaS Oøgod: (6011 2201000 Coloanbia 0 COLOMBIA POTENCIADELA SUPERINTENDENCIA rlVIDA I DE SOCIEDADES sobre la Presentación del Reporte de Sostenibilidad" de la Circular Básica Jurídica de la Superintendencia de Sociedades. 12.151-os demás que sean necesarios para el desarrollo de sus funciones.