Micelio

Artículo 13

Servicios De Medicina Prepagada

Decreto 800 de 1992 · por el cual se reglamenta la organización y funcionamiento de los servicios de Medicina Prepagada.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Servicios de Medicina Prepagada. La Superintendencia Nacional de Salud clasificará como contratos de Medicina Prepagada y se tendrán como tales para todos los efectos legales, a aquellos que contemplen uno o más de los siguientes servicios

1.

Promoción de la salud y prevención de la enfermedad.

2.

Consulta externa, general y especializada, en medicina diagnóstica y terapéutica.

3.

Hospitalización.

4.

Urgencias. 5 .Cirugía. 6. Exámenes diagnósticos. 7. Odontología.

Parágrafo

Las Empresas de Medicina Prepagada, podrán prestar los servicios

a)

En forma directa.

b)

A través de profesionales de la salud o instituciones de salud adscritos.

c)

A libre elección del usuario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 800 de 1992