Micelio

Artículo 16

Decreto 1830 de 1966 · por el cual se reglamenta la educación de adultos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las escuelas artesanas les están destinadas a proporcionar a los jóvenes mayores de 15 años, cultura general acelerada, en dos años, equivalente a la rama de educación primaria, simultáneamente con la capacitación en un oficio o profesión. Paralelamente al proceso de enseñanza, estas escuelas producen bienes de uso, que les permite obtener ingresos económicos para financiar parcialmente sus programas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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