Micelio

Artículo 3

Ley 15 de 1945 · Por la cual se organiza las secretarias de las Cámaras y sus dependencias, se crean unos puestos, se fijan unas asignaciones y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El nombramiento del personal subalterno de cada una de las Cámaras, cuya elección no corresponde a la respectiva corporación, continuará haciéndose por la respectiva Comisión de la Mesa.

Pero el personal de Secretaría de las Comisiones Constitucionales Permanentes, será nombrado por éstas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 15 de 1945