Los Comités A Que Se Refiere El Artículo Anterior Estarán Conformados Por Las Siguientes Personas: A) Alcalde O Secretario De Gobierno Del Respectivo Muni Cipio; B) Personero Municipal; C) Gerente De La Correspondiente Oficina De La Caja Agraria
Decreto 2876 de 1984 · Por el cual se dictan normas sobre control de precios y otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Los Comités a que se refiere el artículo anterior estarán conformados por las siguientes personas
a)
Alcalde o Secretario de Gobierno del respectivo muni cipio;
b)
Personero Municipal;
c)
Gerente de la correspondiente oficina de la Caja Agraria. En los casos en que no opere oficina de la Caja Agraria en el municipio, hará sus veces un delegado del Gobernador, Intendente o Comisario respectivo.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.