Deróganse tanto el Decreto número 492 de 1931, en sus artículos 1º a 19, inclusive, como el Decreto 557 de 1941 y el Decreto número 2413 de 1938.
Decreto 798 de 1941 →Vigente
Artículo 48
Deróganse Tanto El Decreto Número 492 De 1931, En Sus Artículos 1º A 19, Inclusive, Como El Decreto 557 De 1941 Y El Decreto Número 2413 De 1938
Decreto 798 de 1941 · sobre pasaportes colombianos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.