Micelio

Artículo 1

Los Formatos De Las Tarjetas De Registro De Nacimiento De Que Tota El Artículo 18 Del Decreto 1260 De 1970, Deberán Contener Debidamente Singularizados, Los Espacios Y Casillas Necesarias No Solo Para La Inscripción De Los Datos Que Componen El Registro Propiamente Dicho, Sino Para La Consignación Voluntaria De Los Hechos Y Actos A Que Se Refieren Los Artículos 10, 11 Y :22 Del Decreto 1260, Modificados Por El Artículo 14 Del Decreto 2158 Del Mismo Año, De Tal Forma De Facilitar Que El Registro De Estos Hechos Y Actos Se Cumpla De Manera Uniforme En Todas Las Notarías Y Oficinas Del Registro Civil

Decreto 1370 de 1972 · POR EL CUAL SE REGLAMENTAN LOS ARTÍCULOS 18, 46, 50, 61, 62, 63 Y 91 DEL DECRETO-LEY NÚMERO 1260 DE 1970

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Los formatos de las tarjetas de registro de nacimiento de que tota el artículo 18 del Decreto 1260 de 1970, deberán contener debidamente singularizados, los espacios y casillas necesarias no solo para la inscripción de los datos que componen el registro propiamente dicho, sino para la consignación voluntaria de los hechos y actos a que se refieren los artículos 10, 11 y :22 del Decreto 1260, modificados por el artículo 14 del Decreto 2158 del mismo año, de tal forma de facilitar que el registro de estos hechos y actos se cumpla de manera uniforme en todas las Notarías y Oficinas del Registro Civil.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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