Artículo único . Devuélvase al señor Rafael Rivas la suma de cuatrocientos sesenta i dos pesos cuarenta i siete i medio centavos ($ 462-471/2) que fué obligado a reintegrar en el Tesoro nacional en virtud de las glosas que le hizo la Oficina jeneral de Cuentas a las que presentó correspondientes a los meses en que desempeñó la Tesorería jeneral de la Union en 1872.
Ley 14 de 1874 →Vigente
Artículo 1
Ley 14 de 1874 · Sobre devolución al señor Rafael Rivas de una suma que pago por ciertas glosas a sus cuentas como Tesoro jeneral de la Unión
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.