Repetición de curso o exámenes. El Oficial o Suboficial que por primera vez perdiere el curso de capacitación o los exámenes para ascenso, tendrá derecho a repetirlos en los siguientes términos
Cuando se trate del curso de Estado Mayor, en el curso siguiente, pero su aprobación no le dará derecho a diplomarse como Oficial de Estado Mayor.
Cuando se trate de otros cursos, ingresará al que se inicie después de seis meses de terminado el que no aprobó.
Cuando se trate de los exámenes de capacitación para ascenso de Suboficiales, la segunda oportunidad se le dará seis (6) meses después de presentados los primeros.