Para Los Efectos De Lo Previsto En El Parágrafo 2° Del Artículo 1° De La Ley 1228 De 2008, Cuando Se Refiere A Construcciones O Mejoras Debe Entenderse Todo Tipo De Actividades De Construcción De Nuevas Edificaciones O De Edificaciones Existentes Que Requieran Licencia De Construcción Y Sus Modalidades En Los Términos Previstos En El Artículo 7° Del Decreto 564 De 2006
Decreto 1389 de 2009 · por el cual se dictan medidas especiales sobre fajas de retiro en las carreteras del Sistema Vial Nacional, de conformidad con la Ley 1228 de 2008.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
°. Para los efectos de lo previsto en el
Parágrafo 2
del artículo 1° de la Ley 1228 de 2008, cuando se refiere a construcciones o mejoras debe entenderse todo tipo de actividades de construcción de nuevas edificaciones o de edificaciones existentes que requieran licencia de construcción y sus modalidades en los términos previstos en el artículo 7° del Decreto 564 de 2006.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.