°. Acceso a los programas y servicios sociales del Estado . A solicitud del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, los programas y servicios sociales del Estado, ejecutados o administrados por entidades públicas del orden nacional, brindarán acceso a los participantes del acompañamiento familiar y comunitario que trata el artículo 2° del presente decreto.
En todo caso, los hogares participantes de la estrategia de acompañamiento familiar y comunitario deberán cumplir con los requisitos de acceso a los programas y servicios sociales en los que puedan participar.
El acompañamiento familiar y comunitario del Estado se articulará conforme al objetivo, alcance y competencias de la Mesa de Equidad. CAPÍTULO 3 Modificación del Programa Jóvenes enAcción