Micelio

Artículo 3

El Encargado De La Administración Principal De La Renta Organizará La Oficina De Contabilidad Con Un Tenedor De Libros, Dos Ayudantes Y Un Portero Escribiente, Con La Asignación De Doscientos Cincuenta Pesos ($250) Mensuales El Primero, Ciento Veinte Pesos ($120) Mensuales Cada Uno De Los Segundos, Y Cincuenta Pesos ($50) Mensuales El Tercero

Decreto 849 de 1922 · Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre administración de las salinas marítimas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El encargado de la Administración Principal de la renta organizará la Oficina de Contabilidad con un Tenedor de Libros, dos Ayudantes y un Portero Escribiente, con la asignación de doscientos cincuenta pesos ($250) mensuales el primero, ciento veinte pesos ($120) mensuales cada uno de los segundos, y cincuenta pesos ($50) mensuales el tercero.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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