°. El encargado de la Administración Principal de la renta organizará la Oficina de Contabilidad con un Tenedor de Libros, dos Ayudantes y un Portero Escribiente, con la asignación de doscientos cincuenta pesos ($250) mensuales el primero, ciento veinte pesos ($120) mensuales cada uno de los segundos, y cincuenta pesos ($50) mensuales el tercero.
Decreto 849 de 1922 →Vigente
Artículo 3
El Encargado De La Administración Principal De La Renta Organizará La Oficina De Contabilidad Con Un Tenedor De Libros, Dos Ayudantes Y Un Portero Escribiente, Con La Asignación De Doscientos Cincuenta Pesos ($250) Mensuales El Primero, Ciento Veinte Pesos ($120) Mensuales Cada Uno De Los Segundos, Y Cincuenta Pesos ($50) Mensuales El Tercero
Decreto 849 de 1922 · Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre administración de las salinas marítimas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.