Responsabilidad. La entrega de los bienes, contratos, derechos y obligaciones a que se refiere el artículo anterior no exonera de responsabilidad a la entidad y funcionarios traspasantes por los hechos, omisiones, irregularidades e inconsistencias acaecidas con anterioridad a la fecha de entrega o por las que se presenten en los trámites administrativos, operaciones registradas y en las cifras que presentan los informes y anexos.
Decreto 1890 de 1999 →Vigente
Artículo 86
Decreto 1890 de 1999 · por el cual se reorganiza el Ministerio de Justicia y del Derecho y se dictan otras disposiciones sobre la materia relacionadas con las entidades que integran el Sector Administrativo de Justicia
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.