Micelio

Artículo 22

Subdirección De Operación Aduanera

Decreto 1742 de 2020 · Por el cual se modifica la estructura de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Subdirección de Operación Aduanera . Son funciones de la Subdirección de Operación Aduanera las siguientes

1.

Orientar y apoyar en los aspectos normativos y procedimentales, a los empleados de la DIAN, que atienden los procesos de atención al cliente, en relación con los asuntos de competencia de la Subdirección de Operación Aduanera.

2.

Mantener actualizada la información requerida para los procesos y los sistemas de información y servicios digitales de la operación aduanera. Asimismo, requerir y suministrar a la Dirección de Gestión Estratégica y de Analítica la información necesaria para fines de control, capacitación, cooperación e intercambio, comunicación interna y/o divulgación, de conformidad con lo establecido en la ley y los reglamentos.

3.

Participar, en coordinación con la Dirección de Gestión Estratégica y de Analítica, en el diseño y evaluación de programas de control, y capacitación y/o divulgación de los asuntos propios de su área.

4.

Dirigir y evaluar las actividades relacionadas con la aplicación y desarrollo de la operación aduanera, con los regímenes aduaneros, orientando siempre su acción a la adecuada prestación del servicio aduanero, como soporte básico de facilitación y agilización de las operaciones de comercio exterior.

5.

Asesorar, orientar y evaluar la gestión de las Direcciones Seccionales de Aduanas y/o Direcciones Seccionales de Impuestos y Aduanas, para garantizar la adecuada aplicación de los regímenes aduaneros, la prestación eficiente del servicio aduanero y el control orientado al cumplimiento de las normas aduaneras y el recaudo de los tributos aduaneros.

6.

Atender las solicitudes, peticiones y consultas de carácter técnico que formulen los usuarios internos y externos en materia de aplicación de los regímenes aduaneros.

7.

Participar y coordinar con los diferentes entes gubernamentales que intervienen en los temas de comercio exterior y que tengan relación con los regímenes aduaneros, los asuntos relacionados con los mismos, y verificar el cumplimiento de los compromisos que se asuman.

8.

Realizar las gestiones necesarias en lo concerniente a los asuntos de propiedad intelectual de competencia de la Entidad.

9.

Ejercer las demás funciones que, le correspondan de conformidad con la Ley, o de acuerdo a la naturaleza de la dependencia o que le sean asignadas por el Director General de la DIAN.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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