° El pago de los sueldos a que se refiere este Decreto, se hará con cargo a la explotación de salinas y esmeraldas contratada con el Banco de la República, por conducto del Habilitado Pagador del Ministerio de Minas y Petróleos, en la forma en que lo convenga el Ministro del Ramo y el Gerente del Banco de la República.
Decreto 2832 de 1953 →Vigente
Artículo 2
El Pago De Los Sueldos A Que Se Refiere Este Decreto, Se Hará Con Cargo A La Explotación De Salinas Y Esmeraldas Contratada Con El Banco De La República, Por Conducto Del Habilitado Pagador Del Ministerio De Minas Y Petróleos, En La Forma En Que Lo Convenga El Ministro Del Ramo Y El Gerente Del Banco De La República
Decreto 2832 de 1953 · Por el cual se señalan los empleados a cuyo cargo está la Fiscalización de Salinas y Explotación de Esmeraldas, y se fijan sus sueldos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.