Art. 6.° Los gastos quo ocasiono la ejecución de este decreto, como compra de instrumentos, impresión de instrucciones y cuadros, trasporte de instrumento y pago do premios &c., &c., se consideran como preferentes y serán imputables al Departamento nacional de Agricultura, capítulo 38, artículo 403 del Presupuesto de Gastos para la vigencia económica de 1881 á 1882.
Decreto 817 de 1881 →Vigente
Artículo 403
Del Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Económica De 1881 Á 1882
Decreto 817 de 1881 · Sobre observaciones de Meteorología agrícola
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.