Con el fin de conjurar los graves males que amenazan al Departamento del Magdalena, debido a la crisis de la industria básica del banano, destínase hasta la cantidad de tres millones de pesos ($ 3.000.000) para la defensa de dicha industria, de acuerdo con las disposiciones legales sobre la materia, para el fomento de nuevos cultivos y para impulsar las obras públicas, en orden a remediar la desocupación de brazos en la zona bananera del Magdalena.
Ley 77 de 1940 →Vigente
Artículo 1
Ley 77 de 1940 · Por la cual se vota una partida para la defensa de la industria bananera y otras medidas en el Departamento del Magdalena
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.