º . A partir del 1º de enero de 1982, establécense las siguientes escalas de remuneración, mensual para los distintos niveles en que se clasifican los empleos de la Contraloría General de la República: ESCALA DEL NIVEL DIRECTIVO Grado Asignación básica 1 58.500 2 58.500 ESCALA DEL NIVEL ASESOR 1 54:000 2 53.500 ESCALA DEL NIVEL EJECUTIVO 1 13.900 2 23.500 3 28.200 4 33.100l 5 34.200 6 38.800 7 42.400 8 45.200 9 54.100 10 53.500 ESCALA DEL NIVEL PROFESIONAL 1 28.300 2 34.300 3 38.900 4 43.500 5 44.100 ESCALA DEL NIVEL TECNICO 1 13.000 2 14.300 3 15.500 4 17.100 5 18.900 6 26.200 7 22.600 8 24.200 9 25.900 10 28.300 ESCALA DEL NIVEL ADMINISTRATIVO 1 9.100 2 10.000 3 11.900 4 13.000 5 14.300 6 15.500 7 17.100 8 18.900 9 20.200 10 22.600 11 24.200 12 25.900 13 28.300 14 30.800 15 34.300 ESCALA DEL NIVEL OPERATIVO 1 7.410 2 9.500 3 9.100 4 10.000 5. 11.000 6 11.900 7 14.300 8 17.100 9 18.900 En todos los niveles, la primera columna fija los grados de remuneración que corresponden a las distintas denominaciones de empleos y la segunda. columna comprende las asignaciones básicas para cada grado.
Decreto 260 de 1982 →Vigente
Artículo 1
Decreto 260 de 1982 · Por el cual se fijan las escalas de remuneración correspondientes a las distintas categorías de empleos de la Contraloría General de la República y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.