Micelio

Artículo 2

Ley 78 de 1937 · Por la cual se destina una suma para la construcción de una obra

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorizase al Gobierno para hacer con el Banco de la República o con cualquier otra de las entidades bancarias del país, o con personas o compañías nacionales o extranjeras, las operaciones de crédito que sean necesarias para dar cumplimiento a esta Ley, quedando igualmente autorizado para constituir las garantías que se estimen precisas, en las condiciones de plazo, interés, etc., que fueren acordadas con los individuos o entidades que tomen parte en esa operación. Los establecimientos bancarios quedan ampliamente autorizados para hacer tal operación, y los fondos que con ella se obtengan, serán destinados al cumplimiento de la presente ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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